Accidentes de tránsito
Contactanos para iniciar el reclamo por los daños sufridos en un accidente.
GUÍA PARA ACTUAR ANTE UN ACCIDENTE
Pasos a seguir:
- Detenerse.
- Dar los datos de su licencia de conducir y de su seguro obligatorio a la otra parte del accidente y a la autoridad pública que interviene.
- Presentarse y declarar ante la policía o el juzgado si soy citados.
Culpa o responsabilidad en un accidente de tránsito.
Tras tener un accidente, lo primero que se debe tener en claro es quien ha sido el responsable o culpable del hecho. Esto va a afectar a la indemnización que efectúe el seguro del tercero involucrado.
Si tenemos cobertura contra todo riesgo, nuestra compañía de seguros siempre responderá y nos indemnizará aunque seamos los culpables del accidente.
En caso contrario, debemos reclamar ante la compañía del tercero, que únicamente responderá si su asegurado ha tenido la culpa en el accidente de tránsito, aunque sea parcialmente.
Indemnizacion.
La empresa de seguros no paga la indemnización cuando el accidente lo provocaste con dolo o culpa grave. Por ejemplo, si manejás ebrio o con exceso de velocidad desmedido.
Datos que necesitas si sufrís accidente de tránsito.
- Apellido y Nombre, domicilio del propietario del vehículo y el conductor.
- Teléfono de contacto.
- Documento del conductor.
- Número de registro, categoría y vencimiento.
- Compañía Aseguradora, número de póliza y vencimiento.
- Datos del vehículo (marca, modelo, patente, motor, chasis y color).
Denuncia en seguro.
Tenés que hacer la denuncia ante tu empresa de seguros dentro de las 72 horas del accidente.
Cobertura del seguro.
Si el seguro no esté pago o esté vencido al momento del accidente, no cubre.
¿Quiénes pueden reclamar a la compañía de seguros?
- Las personas transportadas en el vehículo al momento del accidente, salvo los parientes cercanos (cónyuge, hijo, padre, hermano).
- Cualquier tercero afectado por el accidente de tránsito.
Ley 24.449
LEY DE TRÁNSITO.
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